El VII Pleno Jurisdiccional Supremo, realizado el 22 de mayo de 2018, terminó por sellar el destino de las pensiones y los cargos de confianza en el territorio nacional. Se aprobó que la vía idónea para reclamar prestaciones de salud y pensiones privadas es el proceso ordinario laboral, asegurando un camino directo para quienes pelean contra las aseguradoras y las AFP por accidentes o enfermedades profesionales.
Para los altos mandos, el Pleno estableció que los trabajadores de dirección o de confianza que fueron designados directamente no tienen derecho a indemnización por despido arbitrario si se les retira la confianza.
Sin embargo, si el trabajador era un empleado común que fue promovido y luego despedido sin dejarlo volver a su puesto anterior, la empresa está obligada a pagarle la indemnización correspondiente por ley.
Estos acuerdos, que fueron impresos finalmente en noviembre de 2019, constituyen la última palabra de una Corte Suprema que decidió proteger la irrenunciabilidad de los derechos laborales ante cualquier abuso jerárquico.



