En una jornada que marcó un hito en la historia judicial del país, los magistrados de las Salas de Derecho Constitucional y Social se reunieron para poner orden en el caos normativo que afectaba a miles de ciudadanos. El V Pleno Jurisdiccional Supremo, cuya audiencia pública se realizó el 19 de octubre de 2016, fue el escenario donde se definieron las reglas de juego para los despidos que dejan en la calle a los trabajadores sin una causa real.
Uno de los puntos más polémicos que se aprobaron fue la protección ante el despido fraudulento, definido como aquel que sucede con ánimo perverso y mediante el engaño, y el despido incausado, que es la expulsión del trabajador sin mencionar causa alguna.
Los jueces determinaron que, en estos casos de atropello, el trabajador no solo tiene derecho a recuperar su puesto, sino que puede exigir una indemnización por daños y perjuicios o el pago de las remuneraciones que dejó de percibir mientras estuvo fuera de su labor.
Además, se estableció que las normas para anular un laudo arbitral económico son los artículos 63 al 66 de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, cerrando el paso a interpretaciones antojadizas de las empresas.



