En un reciente pronunciamiento que marca un hito en la simplificación administrativa del país, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi ha emitido la Resolución Nº 0110-2026/SEL-INDECOPI, mediante la cual se determina la ilegalidad de un requisito sustancial para los prestadores de servicios de seguridad. La controversia jurídica giraba en torno a la obligatoriedad de presentar una copia del contrato de trabajo suscrito con el usuario final como condición sine qua non para obtener la autorización de seguridad personal.
Según el análisis del colegiado, esta exigencia contravenía los principios de legalidad y eficiencia, por lo que ha sido expulsada del ordenamiento aplicable tras identificarse como una barrera burocrática, entendida esta como cualquier exigencia, requisito o prohibición que impone la administración pública y que limita la libertad de empresa o el acceso al mercado sin sustento legal adecuado.
La SUCAMEC ha señalado enfáticamente que esta resolución no implica una desregulación del sector, pues el resto del marco normativo aprobado mediante el Decreto Supremo Nª 005-2023-IN continúa gozando de plena vigencia y exigibilidad. Con esta medida, el sistema jurídico peruano busca equilibrar la rigurosidad del control estatal con la eliminación de formalismos innecesarios que obstaculizaban el ejercicio del derecho a la libre prestación de servicios.



