En un esfuerzo por consolidar la seguridad jurídica y la eficiencia administrativa en el sector energético, el Ministerio de Energía y Minas ha promulgado el Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N.º 28749, conocida como la Ley General de Electrificación Rural. Esta reforma normativa surge como una respuesta técnica para agilizar el cierre de brechas de infraestructura en zonas rurales, localidades aisladas y regiones fronterizas del territorio nacional. La actualización del marco regulatorio busca no solo una adecuación a las necesidades actuales del Estado, sino también el fortalecimiento de la ejecución de proyectos a través de un saneamiento técnico-legal más robusto, permitiendo que las obras ejecutadas por gobiernos regionales y locales sean regularizadas mediante transferencias financieras estratégicas.
Desde una perspectiva de derecho administrativo y regulatorio, la norma introduce la optimización de los requisitos para el otorgamiento de la Concesión Eléctrica Rural. Esta figura jurídica, que representa el derecho otorgado por el Estado para prestar el servicio público de electricidad en áreas específicas, ha sido simplificada para reducir la carga burocrática y acelerar el desarrollo de proyectos. Asimismo, el reglamento establece una regulación más precisa sobre la transferencia de obras y el destino de los recursos, garantizando que la administración de los fondos destinados a la electrificación rural sea transparente y orientada a resultados concretos en beneficio de las poblaciones vulnerables.
Un componente esencial de esta reforma es la institucionalización del Fondo de Promoción de Uso Productivo. Este mecanismo legal tiene como finalidad dotar a la energía de una función social y económica que trascienda el consumo doméstico. A través de este fondo, se busca capacitar a los usuarios en normativa técnica peruana, seguridad eléctrica y mantenimiento, transformando el suministro eléctrico en un activo para el desarrollo local. La normativa también presta especial atención a los suministros no convencionales, regulando el uso de sistemas fotovoltaicos para garantizar que el derecho al acceso a la energía se materialice incluso en las geografías de más difícil acceso.
Bajo la supervisión de la Dirección General de Electrificación Rural, esta modificación al Reglamento de la Ley N.º 28749 reafirma el compromiso estatal con el desarrollo sostenible y la inclusión social. Al facilitar los mecanismos de inversión y simplificar los procedimientos administrativos, el MINEM establece un precedente importante para la descentralización de los servicios públicos. Es pertinente recordar que estas reformas buscan asegurar que la energía eléctrica actúe como un motor de ingresos y bienestar, consolidando un marco jurídico previsible y eficaz para todos los peruanos.



