El auge de la economía ilícita virtual en el Perú ha expuesto severas limitaciones en el sistema normativo penal vigente, abriendo un debate doctrinario sobre la eficacia de los mecanismos de control del Estado. En un pronunciamiento que combina la técnica jurídica con un severo diagnóstico de la realidad procesal, el juez supremo titular Víctor Prado Saldarriaga ha instado a una reforma perentoria y urgente del Decreto Legislativo Nº 1106, norma fundamental que regula la eficacia de la lucha contra el lavado de activos y otros delitos relacionados con la minería ilegal y el crimen organizado. Durante su participación en la actividad académica Tendencias actuales y delitos cometidos mediante inteligencia artificial, auspiciada por el programa EL PACCTO 2.0 de la Unión Europea, el magistrado advirtió sobre la consolidación de nuevas tipologías delictivas que emplean criptomonedas y herramientas de inteligencia artificial para legitimar ganancias de origen espurio, configurando lo que denominó la nueva ruta del dinero ilegal.
Desde una perspectiva del derecho penal económico, el lavado de activos se entiende como aquel proceso o circuito destinado a dar apariencia de legalidad a bienes, capitales o recursos de procedencia ilícita, borrando el rastro del delito precedente. La promulgación histórica del Decreto Legislativo Nº 1106 buscó tipificar y sancionar estas conductas de manera autónoma; sin embargo, los avances tecnológicos han desfasado su alcance sustantivo. El fenómeno del lavado de activos virtual representa una sofisticación del modus operandi tradicional, donde las transacciones ya no se canalizan exclusivamente por el sistema financiero convencional, sino mediante activos digitales o criptomonedas, definidos en el ámbito mercantil y tecnológico como representaciones digitales de valor que no están respaldadas por un banco central y que se transfieren de forma electrónica. La introducción de la inteligencia artificial en estos esquemas delictivos permite automatizar la fragmentación y dispersión de los fondos, dificultando la trazabilidad procesal y exigiendo, en palabras del magistrado, una nueva criminalística, así como la visualización de evidencias bajo lecturas judiciales adaptadas a un entorno binario.
El fundamento de la crítica formulada por el magistrado radica en la alarmante asimetría entre el volumen del producto criminal bruto y la capacidad de fiscalización punitiva del Estado. Según datos recientes recopilados por la Unidad de Inteligencia Financiera, la criminalidad organizada extractiva, sustentada principalmente en la minería ilegal, generaba entre los años 2023 y 2024 una suma estimada en más de 12 mil millones de dólares anuales. Para el año 2025, dicha cifra se duplicó sustancialmente, aproximándose a los 30 mil millones de dólares por año. Frente a este inconmensurable flujo de capitales ilícitos, la capacidad de intervención del ente supervisor resulta marginal. Los reportes de operaciones de la Unidad de Inteligencia Financiera muestran que solo se logra registrar el equivalente a 853 millones de dólares, lo que representa una tasa de intervención que ni siquiera alcanza el 3 por ciento del total de la masa monetaria espuria en circulación.
Dentro de este saldo analizado por la Unidad de Inteligencia Financiera, se identificaron 692.9 millones de dólares vinculados a transacciones con criptomonedas cuyo origen delictivo o delito precedente no ha podido ser determinado formalmente. Geográficamente, la provincia de Lima se erige como el núcleo de esta actividad virtual, concentrando 547 millones de dólares de los 853 millones procesados mediante criptomonedas y tecnologías de inteligencia artificial. No obstante, el análisis de riesgo resalta comportamientos atípicos en otras jurisdicciones; la región Junín, a pesar de registrar únicamente dos operaciones sospechosas reportadas, concentra un valor económico equivalente a la tercera parte de lo producido en Lima, consolidándose como una zona de alta confluencia de organizaciones criminales que emplean inteligencia artificial para el ocultamiento de activos. Prado Saldarriaga enfatizó que la consolidación de estas economías ilegales no solo erosiona el orden económico, sino que representa un riesgo de especial gravedad para la vigencia del sistema democrático.
El debate sobre la modernización normativa e institucional también incorporó consideraciones de carácter deontológico y de derechos fundamentales. En el marco del mismo evento formativo dirigido a jueces supremos titulares y magistrados provisionales de las salas penales de la Corte Suprema de Justicia, la magistrada y experta española en inteligencia artificial, Carlota Cuatrecasas Monforte, aportó una visión dogmática respecto a los límites de la tecnología en la judicatura. La especialista alertó que el riesgo primordial de la automatización algorítmica es el desvanecimiento del factor humano en la administración de justicia, argumentando que perder dicha sensibilidad procesal implicaría una desconexión de la esencia del derecho. Para mitigar estos riesgos, propuso que el cuerpo de la magistratura y el Ministerio Público articulen sus funciones en torno a dos directrices esenciales: en primer lugar, el perfeccionamiento de los mecanismos de persecución y sanción eficaz de los delitos cometidos a través de entornos digitales y, en segundo lugar, la imposición rigurosa de límites judiciales al empleo de herramientas de investigación basadas en inteligencia artificial, garantizando en todo momento el respeto irrestricto a las garantías constitucionales, el debido proceso y los principios éticos que rigen el ordenamiento jurídico.



