El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la Resolución Administrativa Nº 000132-2026-CE-PJ fechada el 7 de mayo de 2026, ha oficializado la aprobación de la Directiva denominada Disposiciones para la Implementación de la Ley 32504, Versión 001. Esta decisión administrativa constituye un hito fundamental en la gestión de los recursos humanos de la institución, al establecer el marco normativo interno necesario para ejecutar el mandato de la Ley 32504. Dicha norma tiene como objeto jurídico principal la incorporación de los trabajadores del Poder Judicial que se encuentran contratados a plazo indeterminado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 1057, conocido como Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), hacia el régimen laboral de la actividad privada regulado por el Decreto Legislativo 728, Ley de Fomento del Empleo. Esta transición representa una unificación de los derechos y obligaciones laborales de los servidores bajo un esquema de mayor estabilidad y beneficios previstos en el sector privado.
El sustento técnico y legal de esta resolución se encuentra detallado en una serie de instrumentos de gestión emitidos por las áreas competentes. Entre ellos destacan el Informe Técnico Nº 000030-2026-GRH-GG-PJ de la Gerencia de Recursos Humanos y los informes de la Subgerencia de Modernización, los cuales validaron que el proyecto normativo cumple estrictamente con los requisitos de la Directiva Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos del Poder Judicial, aprobada previamente en el año 2025. Asimismo, la Gerencia de Asesoría Jurídica otorgó la opinión legal favorable correspondiente, garantizando que el procedimiento se ajusta a derecho y respeta la jerarquía normativa. En este contexto, la implementación de la ley se basa en la disposición complementaria final primera, que obliga a la coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas para la emisión de lineamientos, y en la segunda disposición complementaria final, que ordena la creación de una comisión específica con participación de veedores de los trabajadores para asegurar la transparencia del proceso.
La directiva ahora aprobada reglamenta el procedimiento de planificación e incorporación, cumpliendo con las facultades conferidas al Consejo Ejecutivo por el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Este artículo faculta al órgano de gobierno a adoptar las medidas necesarias para garantizar que las dependencias judiciales funcionen con la celeridad y eficiencia requeridas.
Finalmente, la resolución dispone que la Gerencia General del Poder Judicial queda facultada para aprobar cualquier documento complementario que resulte necesario para la aplicación efectiva de esta directiva. Para garantizar el principio de publicidad y el conocimiento de todos los interesados, se ha ordenado la publicación oficial del texto íntegro en el Portal Institucional del Poder Judicial, así como la notificación a las diversas instancias del sistema de justicia, incluyendo la Presidencia, la Secretaría General de la Corte Suprema y las Cortes Superiores de todo el país. Con esta medida, el Poder Judicial busca consolidar una reforma en su estructura laboral que armonice la normativa vigente con las expectativas de profesionalización y mérito de sus trabajadores.



