La Autoridad Nacional del Servicio Civil ha dado un paso trascendental en la consolidación de la reforma administrativa mediante la aprobación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000064-2026-SERVIR-PE. Este acto administrativo ratifica la Directiva N° 01-2026-SERVIR-GDSRH, un instrumento normativo diseñado exclusivamente para regular la planificación y gestión de los procesos de selección bajo el régimen de la Ley N° 30057, conocida como Ley del Servicio Civil. Esta medida busca dotar de una estructura técnica y jurídica superior a los concursos públicos de méritos, garantizando que el ingreso, la progresión y el traslado de los servidores se fundamenten estrictamente en la idoneidad y el talento, alejando cualquier atisbo de discrecionalidad en la administración pública.
El ámbito de aplicación de esta directiva comprende a todas aquellas instituciones gubernamentales que ya cuentan con su Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) aprobado. En términos jurídicos, el CPE es el instrumento de gestión que define los puestos de una entidad sobre la base de sus necesidades funcionales y el presupuesto asignado. Bajo este marco, la norma establece un régimen de responsabilidades compartidas donde los titulares de las entidades, las Oficinas de Recursos Humanos y los comités de selección deben actuar bajo principios de probidad y transparencia. Se resalta la obligatoriedad de la fiscalización posterior, un mecanismo de control que permite verificar la veracidad de la información presentada por los candidatos, y la figura de las abstenciones, que asegura la imparcialidad de los evaluadores frente a posibles conflictos de intereses.
Un elemento disruptivo de esta regulación es el impulso hacia la digitalización mediante la implementación progresiva de una plataforma informática de concursos públicos de méritos. Este sistema digitalizará las fases de convocatoria y reclutamiento, asegurando la trazabilidad de los actos administrativos en cada etapa del proceso de selección. Asimismo, la directiva refuerza la seguridad jurídica de los administrados al establecer mecanismos para la atención obligatoria de consultas y observaciones, además de garantizar ajustes razonables para personas con discapacidad. Con esta normativa, que también incluye el respaldo de asistencia técnica y supervisión por parte de Servir, el Estado peruano fortalece la institucionalidad del servicio civil, promoviendo una gestión del talento humano que sea eficiente, equitativa y plenamente auditable.



