La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ha dado un paso decisivo en la modernización de la gestión del territorio nacional mediante la publicación del proyecto de directiva denominado Disposiciones para la transferencia de propiedad y otorgamiento de otros derechos reales sobre predios estatales en el marco del Decreto Legislativo Nº 1192. Esta iniciativa, formalizada a través de la Resolución Nº 0024-2026/SBN busca adecuar los procedimientos operativos a las recientes reformas legislativas destinadas a dinamizar la ejecución de obras de infraestructura de gran envergadura. El documento se encuentra a disposición de los administrados en la sede digital de la entidad, con el objetivo de fomentar la transparencia y la participación ciudadana en la producción normativa.
El marco jurídico que sustenta esta propuesta se cimenta en el Decreto Legislativo Nº1192, conocido como la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, la cual regula la transferencia de bienes públicos y la liberación de interferencias para proyectos de necesidad pública. Un aspecto medular de esta nueva regulación es su armonización con el reciente Decreto Legislativo Nº 1726, el cual modificó sustancialmente el artículo 41 de la ley marco. Esta reforma establece una delimitación de competencias clara: la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales mantiene la potestad sobre los predios estatales, mientras que la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas asume la competencia respecto a los bienes inmuebles estatales. Asimismo, se introduce la figura jurídica de la entrega provisional de la posesión, un mecanismo excepcional que permite a las entidades titulares de proyectos de infraestructura acceder al bien de manera anticipada para garantizar la continuidad de las obras.
La nueva directiva tiene la finalidad de sustituir a la ahora desfasada Directiva Nº 001-2021/SBN, estableciendo un trámite operativo que se ajusta a la posibilidad de liberación de áreas en bloque, una estrategia legal que busca reducir la fragmentación en la adquisición de terrenos. Como parte del procedimiento de participación de los interesados, se ha otorgado un plazo perentorio de 15 días calendario, para que las entidades públicas, privadas y ciudadanos en general remitan sus aportes, opiniones o comentarios. Este proceso de retroalimentación técnica es fundamental para consolidar un texto que garantice la seguridad jurídica y la eficiencia administrativa en la disposición de los activos del Estado.
Los interesados en contribuir al perfeccionamiento de esta norma pueden presentar sus documentos a través de la mesa de partes presencial de la institución, ubicada en la calle Chinchón Nº 890, San Isidro, o mediante la mesa de partes virtual, utilizando obligatoriamente el formato oficial de Comentarios, aportes u opiniones al proyecto normativo. La responsabilidad de recepcionar, sistematizar y analizar cada una de las sugerencias recae en la Subdirección de Normas y Capacitación de la SBN.



