EL IMPERATIVO DEL DESHACINAMIENTO PENITENCIARIO: UN GIRO ESTRATÉGICO EN LA POLÍTICA CRIMINAL PERUANA 

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Bajo la premisa de restaurar la eficacia del sistema punitivo y garantizar la vigencia de los derechos fundamentales, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha formalizado una intervención estructural frente a la crisis que atraviesa el sistema carcelario. La génesis de esta medida se sustenta en la declaración de Estado de Cosas Inconstitucional emitida por el Tribunal Constitucional en el año 2020, una figura jurídica que reconoce la vulneración masiva y sistemática de derechos dentro de los centros de reclusión. A la fecha, la brecha entre la capacidad de albergue, limitada a 42,000 plazas, y la población penal real, que excede los 105,000 internos, ha generado un colapso que desnaturaliza los fines de reeducación, rehabilitación y reinserción social consagrados en el artículo 139 inciso 22 de la Constitución Política. 

El Plan Nacional para el Deshacinamiento de Establecimientos Penitenciarios, no propone una amnistía indiscriminada, sino una aplicación técnica de instituciones procesales y sustantivas. Se prioriza la conversión de penas, que permite permutar una sanción privativa de libertad por una medida alternativa, y la sustitución de penas para internos primarios con condenas no mayores a cinco años. Asimismo, se optimiza la redención de la pena, un beneficio penitenciario que permite reducir el tiempo de permanencia mediante el trabajo o la educación, siempre bajo criterios de mínima lesividad y estricta evaluación de peligrosidad. 

En esta primera etapa, el plan proyecta el egreso de más de 5,000 internos, enfocándose exclusivamente en delitos que no representan un riesgo para la seguridad pública. Los plazos para la ejecución de este despliegue administrativo buscan resolver de manera célere la situación jurídica de quienes han cumplido con los requisitos de conducta y tratamiento. Jeri, ex presidente de la institución y voz autorizada en la materia, ha enfatizado que el hacinamiento es el caldo de cultivo para el crimen organizado, pues la pérdida del control estatal permite que las organizaciones criminales operen delitos de extorsión y sicariato desde el interior de los muros. Por tanto, la medida busca fortalecer la seguridad ciudadana mediante una clasificación eficiente de los internos y la recuperación del orden en los centros de reclusión. 

La implementación de esta política pública requiere una coordinación interoperable con el Poder Judicial para eliminar los cuellos de botella administrativos y el déficit de personal especializado. Al reducir la sobrepoblación, el Estado peruano aspira a una vigilancia efectiva y a un uso racional de los recursos públicos, garantizando que el sistema penitenciario sea una herramienta de justicia y no un foco de impunidad. Se exhorta a los actores del sistema de justicia a sumarse a este esfuerzo técnico que busca equilibrar el cumplimiento de la ley con la protección real de la ciudadanía en un marco de respeto al debido proceso. 

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