JUSTICIA EN LA CUMBRE: LA CORTE DE AYACUCHO GARANTIZA EL ACCESO JURISDICCIONAL INCLUSIVO EN LA COMUNIDAD DE SATICA 

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Bajo los lineamientos de la política pública institucional de justicia itinerante, el Poder Judicial, a través de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, ha ejecutado una trascendental jornada de atención jurídica gratuita en la comunidad de Satica, distrito de Morochucos. Esta iniciativa tiene como objetivo primordial el acercamiento de la función jurisdiccional a las poblaciones que se encuentran en una situación de vulnerabilidad manifiesta. La actividad destaca por su enfoque intercultural, toda vez que se brindó asistencia integral en lengua quechua, garantizando así el respeto a la identidad cultural y el derecho a una comunicación efectiva para los ciudadanos de esta zona altoandina, situada a más de tres mil seiscientos metros sobre el nivel del mar. 

En el desarrollo de esta jornada, el magistrado titular del Juzgado Mixto de Cangallo, ejerció sus facultades de mediación y tutela en temas de alta sensibilidad social como la violencia familiar y el registro de menores. Es pertinente señalar que el despliegue de la justicia itinerante se fundamenta en la Ley Nº 31968, denominada Ley de la Justicia Itinerante para las personas en condición de vulnerabilidad. Esta norma técnica faculta al Poder Judicial para identificar y seleccionar locaciones estratégicas donde se concentre población con escasos recursos económicos o con dificultades geográficas de acceso, optimizando la operatividad mediante el uso de plataformas del Programa Nacional Tambos y las Plataformas Itinerantes de Acción Social, en colaboración con el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. 

Para la correcta interpretación de los alcances de la protección social y laboral que este tipo de intervenciones busca salvaguardar, es imperativo precisar ciertos conceptos jurídicos fundamentales que rigen el bienestar del ciudadano. En primer término, el descanso se entiende como la interrupción de la actividad laboral o funcional por periodos legalmente establecidos para permitir la recuperación del individuo. Por su parte, el reposo constituye una prescripción de carácter preventivo o recuperativo que implica el cese de esfuerzos físicos o mentales para garantizar la integridad de la salud. Finalmente, la incapacidad física se define como la condición derivada de una alteración anatómica o funcional que limita o impide temporalmente el ejercicio normal de las facultades de una persona para desarrollar sus actividades ordinarias o laborales. 

La implementación de estas jornadas también ha contado con el soporte de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz y la Coordinación de Servicios Judiciales. En este contexto, se ha dado especial relevancia a la aplicación de la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. A través de mesas de partes virtuales y asesoría especializada, la corte ayacuchana, reafirma su compromiso con un sistema de justicia oportuno, inclusivo y descentralizado, eliminando las barreras burocráticas y geográficas que históricamente han afectado a los sectores más remotos de la región. 

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