REVOLUCIÓN TECNOLÓGICA EN EL DERECHO DE FAMILIA: EL PODER JUDICIAL CONSOLIDA LA DIGITALIZACIÓN PROCESAL EN LAS TREINTA Y DOS CORTES DEL PAÍS 

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La administración de justicia en el Perú marca un hito en su proceso de modernización institucional con la reciente aprobación del despliegue masivo del Expediente Judicial Electrónico y la Mesa de Partes Electrónica. La institución ha oficializado, mediante la Resolución Administrativa Nº 000100-2026-CE-PJ, la implementación de estas herramientas tecnológicas para los procesos relativos a tenencia, variación de tenencia, régimen de visitas y sus respectivas modificaciones. Esta medida no solo representa un avance técnico, sino que garantiza la tutela jurisdiccional efectiva en materias de alta sensibilidad social, permitiendo que la justicia actúe con la prontitud que exigen los derechos fundamentales de los menores de edad. 

El Expediente Judicial Electrónico, definido técnicamente como el conjunto de documentos y actuaciones judiciales registrados en soporte digital que gozan de plena validez jurídica, permitirá que los litigantes y sus letrados realicen un seguimiento de la causa en tiempo real. Por su parte, la Mesa de Partes Electrónica se constituye como el canal digital oficial para la intercepción de escritos y demandas sin necesidad de desplazamiento físico. La integración de ambos sistemas busca mitigar la mora procesal y optimizar el principio de celeridad, asegurando que las decisiones judiciales que afectan el bienestar y el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes se emitan en plazos razonables y bajo estándares de transparencia absoluta. 

La norma administrativa dispone que esta implementación se ejecute de manera progresiva en distritos judiciales que abarcan desde Amazonas y Áncash hasta Tacna y Ucayali, logrando así la cobertura total del territorio nacional. Resulta imperativo destacar que el despliegue incluye la conformación de Comités de Implementación en cada corte superior en un plazo perentorio de cinco días hábiles. Este esfuerzo normativo complementa los avances ya registrados en Huaura y La Libertad, consolidando un ecosistema jurídico donde la brecha geográfica deja de ser un obstáculo para el acceso a la justicia, especialmente para las poblaciones en condición de vulnerabilidad que residen en las zonas más alejadas del país. 

En términos estrictamente jurídicos, la relevancia de esta disposición radica en la mejora de la economía procesal y la reducción de la discrecionalidad en el manejo de los folios, puesto que la digitalización asegura la integridad y la inalterabilidad de los actuados. Al priorizar procesos de naturaleza familiar, el Poder Judicial reafirma que la modernización del Estado debe estar al servicio de la protección del interés superior del niño, transformando los trámites burocráticos en un servicio ágil y eficiente. Esta reforma estructural posiciona al sistema de justicia peruano a la vanguardia de la región, facilitando que el derecho sustantivo se materialice a través de procedimientos modernos, accesibles y plenamente adaptados a las exigencias del siglo veintiuno. 

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