En una jornada que quedó marcada en los anales de la historia judicial, el ahora ex presidente del Poder Judicial, Víctor Ticona Postigo, lideró lo que fue el Primer Pleno Jurisdiccional Supremo en Materias Constitucional y Contencioso Administrativo. Aquellas sesiones de infarto, desarrolladas los días 2 y 10 de diciembre de 2015, no fueron simples reuniones; fueron el escenario donde la élite de la judicatura peruana decidió cómo se aplicarían las leyes que nos rigen a todos.
La tensión se sintió en la Sala de Juramentos del Palacio Nacional de Justicia cuando los magistrados, tras intensos debates y bajo la mirada de expertos, aprobaron de forma oficial la Resolución Administrativa N° 440-2015-P-PJ, la cual dio luz verde a este evento histórico que hoy recordamos como un hito del pasado.
Uno de los puntos que más polvo levantó fue la cacería contra las normas abusivas. Los jueces acordaron por unanimidad que hasta un simple comunicado de una entidad pública podía ser sometido al control constitucional mediante el proceso de acción popular. Pero no cualquier papelucho; definieron que este debe ser una norma infralegal de carácter general que se incorpore al ordenamiento con vocación de permanencia. Para identificar estas normas, impusieron tres criterios de hierro: la pertenencia al ordenamiento jurídico, la consunción y la generalidad.
Pero la verdadera bomba estalló con el control difuso. Los magistrados determinaron que los jueces tienen el poder (y el deber) de preferir la Constitución sobre cualquier ley que la contradiga, incluso en simples autos y no solo en sentencias finales. Esta potestad, que muchos consideraron un desafío al orden establecido, se aprobó bajo reglas estrictas: el juicio de relevancia, para asegurar que la norma sea la única forma de resolver el caso, y el examen de convencionalidad, para que nadie ignore los tratados internacionales de derechos humanos.
Finalmente, en un gesto que buscaba romper las cadenas de la burocracia, se aprobó por mayoría que la prórroga de competencia sí es aplicable al proceso contencioso administrativo en casos donde peligren los derechos fundamentales de los ciudadanos. Fue una batalla legal donde se impuso la idea de que la justicia no puede ser un laberinto de obstáculos para el ciudadano común frente al gigante que es el Estado. Aquel diciembre de 2015, la Corte Suprema no solo dictó pautas; reescribió las reglas del juego jurídico en el Perú.



