Una noticia que estremece el entorno empresarial y pone en alerta máxima a todos los trabajadores del Perú. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ha decidido endurecer su postura frente a la sangre derramada en los centros de trabajo. Bajo el mandato de la Resolución de Superintendencia No. 0052-2026-SUNAFIL, aprobada y promulgada este 10 de marzo de 2026, se ha dado luz verde a la Versión 2 de la Directiva sobre el ejercicio de las actuaciones inspectivas de investigación en accidentes de trabajo e incidentes peligrosos. Esta norma no es un simple papel; es un arma legal que busca desentrañar la responsabilidad de los empleadores ante la tragedia.
La normativa aprobada establece una celeridad sin precedentes. Ahora, ante un accidente mortal, la inspección debe iniciarse el mismo día en que se recibe la orden o desde que el inspector es asignado. No hay tiempo para el olvido ni para limpiar la escena. El plazo máximo para estas investigaciones de vida o muerte es de apenas 10 días hábiles, con una prórroga única, mientras que para incidentes donde el trabajador sobrevivió, el plazo se extiende a 30 días. La Sunafil no quiere dejar cabos sueltos en la búsqueda de la verdad jurídica.
Para que no existan dudas ante la ley, la directiva se ampara en el Glosario de Términos del D.S. No. 005-2012-TR, un decreto que, aunque antiguo, define con precisión quirúrgica el peligro. Se entiende por Accidente de Trabajo a todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Incluso si el trabajador estaba fuera del local o de su horario, si cumplía órdenes, el empleador está en la mira. Por otro lado, el Incidente Peligroso se define como todo suceso potencialmente riesgoso que pudiera causar lesiones o enfermedades a las personas o a la población. El peligro acecha y la ley lo tiene plenamente identificado.
La Sunafil ha puesto el ojo en la responsabilidad solidaria. Si usted tiene una empresa principal y contrata a terceros, sepa que la inspección verificará si cumplió con garantizar la seguridad de absolutamente todos los que pisan su establecimiento. Se expedirá una orden de inspección para cada empresa involucrada. Ya no vale escudarse en que el trabajador no estaba en su planilla directa; la responsabilidad derivada del incumplimiento en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo será perseguida con rigurosidad técnica.
Lo más aterrador para las finanzas de las empresas es el nuevo cálculo de las sanciones. En caso de infracciones que causen la muerte o incapacidad permanente, la multa no se calculará solo por el trabajador afectado, sino que se considerará al total de trabajadores de la empresa inspeccionada. El golpe económico puede ser letal. Incluso para las micro y pequeñas empresas, el castigo es severo: se aplicará la tabla No MYPE con una sobretasa del 50%, aunque se permita un descuento posterior. Esta directiva deja claro que la vida humana tiene un costo legal que ninguna empresa querrá pagar.



