¡MANO DURA! EL LEGADO DE SANGRE Y FUEGO DEL EXPRESIDENTE JERÍ: EL DECRETO QUE SEPULTA LA IMPUNIDAD Y ACORRALA A LOS CRIMINALES 

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En un último y desesperado intento por rescatar el principio de autoridad antes de abandonar el sillón de Pizarro, el ahora expresidente José Enrique Jerí Oré firmó un paquete de reformas legales que prometen ser el terror de los delincuentes y el fin de las «puertas giratorias» en las prisiones peruanas. Estos decretos, que marcan un hito de severidad en nuestra historia jurídica reciente, fueron aprobados con la solemnidad del cargo el 19 de enero de 2026 y vieron la luz pública en las páginas de El Peruano el 20 de enero de 2026. Bajo el amparo de facultades delegadas, el Ejecutivo no se guardó nada y disparó directamente al corazón de la delincuencia organizada y la minería ilegal. 

La «purga jurídica» inició con el Decreto Legislativo Nº 1696, una norma que aniquila la esperanza de libertad condicional para miles. El exmandatario modificó el Artículo 57 del Código Penal, elevando la valla de la suspensión de la ejecución de la pena. Ya no bastará con una simple firma; ahora, solo aquellos con penas no mayores a cinco años podrán soñar con evitar el barrote, siempre que el juez emita un pronóstico favorable con debida motivación. Pero cuidado, que la ley es implacable: si eres un funcionario corrupto, un extorsionador o un agresor de mujeres, la cárcel será tu único destino sin importar los años de condena, pues la suspensión ha sido declarada inaplicable para estos rostros del mal. 

Pero el verdadero golpe de mazo cayó sobre quienes osen desafiar a la ley. La resistencia o desobediencia a la autoridad, tipificada en el Artículo 368, ha dejado de ser un delito menor para convertirse en una pesadilla legal con penas que ahora oscilan entre los cinco y ocho años de cárcel. El mensaje de Jerí fue claro antes de partir: quien ignore una orden legal de un funcionario público sentirá todo el peso del Estado sobre sus hombros. Esta reforma busca «adecuar la respuesta penal a la gravedad de las conductas» que escupen sobre el orden público y la majestad de la función pública. 

En el frente ecológico, el Decreto Legislativo Nº 1696 también declaró la guerra total al tráfico ilícito de insumos químicos y maquinarias destinados a la minería ilegal. Se acabó el juego para quienes transportan, almacenan o poseen mercurio o retroexcavadoras para destruir nuestra selva; la pena mínima ahora es de seis años. Además, se introdujo el Artículo 307-G, que impone la inhabilitación absoluta para obtener concesiones mineras, asegurando que el criminal no solo pierda su libertad, sino también su capacidad de seguir lucrando con la tierra que desangró. Estos delitos han sido incorporados oficialmente a la Ley contra el Crimen Organizado, otorgando a los fiscales armas de guerra jurídica para desmantelar estas mafias de raíz. 

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