El pronunciamiento del Tribunal Constitucional en el Expediente 01367-2019-PA/TC marca un hito sustancial en el Derecho de Familia peruano al abordar la complejidad de la gestación por sustitución y la determinación de la filiación jurídica. Este proceso de amparo tuvo su génesis en la demanda interpuesta por una pareja casada con diagnóstico de infertilidad absoluta, quienes, ante la imposibilidad biológica de concebir de forma natural, recurrieron a técnicas de reproducción humana asistida mediante la utilización de material genético donado y una madre gestante. El conflicto jurídico escaló cuando el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) denegó la inscripción del nacimiento bajo la filiación de la pareja solicitante, amparándose en el criterio tradicional «mater semper certa est», el cual vincula la maternidad exclusivamente al hecho biológico del parto.
Frente a esta postura administrativa, el máximo intérprete de la Constitución realizó un análisis integral que desplazó el formalismo biológico para centrarse en la protección de los derechos fundamentales de la menor, tales como el derecho a la identidad, al nombre y a la nacionalidad. El Colegiado estableció que el interés superior del niño debe erigirse como el eje central y criterio prioritario en cualquier controversia que involucre a menores de edad, prevaleciendo sobre interpretaciones normativas restrictivas. En este sentido, el Tribunal afirmó que la carencia de una regulación legal específica sobre la gestación por sustitución no es óbice para que la administración desconozca la realidad afectiva y familiar de la niña, la cual demanda un reconocimiento jurídico efectivo.
La resolución judicial, que declaró fundada en parte la demanda y ordenó la inscripción registral conforme a la voluntad de la pareja, introduce conceptos dogmáticos de vanguardia como la filiación socioafectiva y la voluntad procreacional. Se reconoce así que el vínculo parental no se agota en el nexo biológico, sino que se sustenta de manera válida en el proyecto parental consciente y en los vínculos afectivos estables desarrollados en el núcleo familiar.



