El panorama normativo del sector salud en el Perú ha experimentado una actualización significativa con el propósito de optimizar la identificación de trastornos y condiciones de orden psicológico. El Poder Ejecutivo ha procedido con la publicación de la Ley 32575, disposición que modifica sustancialmente el artículo 25 de la Ley 30947, conocida como Ley de Salud Mental. Esta reforma tiene como objetivo medular establecer con rigor jurídico la competencia de los profesionales de la salud, estructurando un sistema de diagnóstico que se ajuste a la realidad asistencial y administrativa del país. La referida norma fue aprobada previamente por el Congreso de la República marcando un hito en la agenda legislativa de protección social.
Jurídicamente, la norma define el diagnóstico de los problemas de salud mental como un proceso integral de evaluación técnica. Este proceso no es una facultad aislada, sino que debe ejercerse en estricta observancia de las leyes de ejercicio profesional de cada área, la normativa vigente de salud, los estándares técnicos internacionales y, de manera específica para el sector público, lo estipulado en el clasificador de cargos del Ministerio de Salud. Esta precisión legal evita conflictos de competencias y asegura que el acto médico y asistencial esté debidamente respaldado por la acreditación académica y administrativa correspondiente.
En cuanto a las facultades de determinación clínica, la ley establece que el diagnóstico integral recae primordialmente en el médico cirujano. Dependiendo de la complejidad del cuadro clínico y de la disponibilidad del servicio, esta responsabilidad es atribuida al médico con especialidad en psiquiatría o medicina familiar, sin excluir a otras especialidades médicas pertinentes. Asimismo, se faculta al médico cirujano no especialista para intervenir en este proceso, siempre que la naturaleza del caso lo permita. Los plazos para la adecuación de estas competencias y la implementación de los protocolos técnicos se rigen por la vigencia inmediata de la ley desde el día siguiente de su publicación, obligando a los centros asistenciales a alinear sus procedimientos de triaje y atención especializada con este nuevo estándar legal que prioriza la interdisciplinariedad y la seguridad jurídica del paciente.



