¡SANGRE Y MUERTE EN LAS PISTAS! LA IMPUNIDAD DE LOS ASESINOS AL VOLANTE QUE EL ESTADO NO FRENA 

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El asfalto nacional se ha teñido de rojo nuevamente, dejando un rastro de cadáveres y familias destrozadas mientras los responsables se burlan de una justicia que parece ciega, sorda y muda. El reconocido abogado penalista Carlos Caro Coria ha puesto el dedo en la llaga al denunciar que, aunque el papel lo aguante todo, la falta de una sanción efectiva está convirtiendo nuestras calles en un salvaje oeste donde matar con un vehículo sale prácticamente gratis. El letrado advierte que el problema no es la falta de leyes, sino la repugnante anomia que impera en una sociedad donde saltarse las normas de tránsito es el pan de cada día y las consecuencias brillan por su ausencia ante una fiscalización policial que es, en el mejor de los casos, selectiva y deficiente. 

La indignación social ha estallado tras los recientes y mediáticos atropellos que terminaron en tragedias fatales. Caro Coria señala que es urgente evaluar una reforma para endurecer el delito de fuga, ya que actualmente la pena máxima para quien abandona a su víctima agonizante es de apenas cuatro años de privación de libertad, una cifra que no genera el menor efecto disuasivo. Mientras la sangre corre, los conductores saben que pueden desaparecer en la oscuridad del anonimato, confiando en que el sistema no tendrá la capacidad de procesar su crimen con la velocidad que la sed de justicia exige. 

En medio de este caos de muerte, es fundamental recordar que el marco legal ya establece castigos que deberían ser ejemplares. Por ejemplo, el Código Penal Peruano, en su Artículo 111, párrafo final, el cual fue objeto de una modificación clave mediante la Ley 29439 promulgada el 18 de noviembre de 2009 y aprobada previamente por el Congreso, establece que en casos de homicidio culposo por negligencia en el tráfico vehicular, la pena puede alcanzar hasta los ocho años de cárcel. Lo que se aprobó en aquel entonces fue un incremento en las escalas punitivas para quienes actúan con inobservancia de las reglas técnicas de tránsito, buscando frenar la carnicería en las vías públicas. 

Asimismo, la normativa vigente contempla definiciones técnicas que los infractores intentan evadir con artimañas legales. El experto menciona que la resistencia a someterse al dosaje etílico no es una simple falta, sino que se configura como un delito de desobediencia o desacato a la autoridad de forma agravada. Además, el Artículo 408 del Código Penal es tajante al tipificar el delito de fuga del lugar de accidente de tránsito, definiéndolo como la conducta del conductor que, habiendo formado parte de un siniestro, se aleja para eludir su responsabilidad. 

La impunidad se ve alimentada por una burocracia policial asfixiante y un sistema de recojo de pruebas que camina a paso de tortuga. Caro Coria recuerda que todo proceso nace en las manos de la Policía Nacional del Perú, quienes deben custodiar la escena y recoger la data, pero la realidad es que muchos asesinos al volante cuentan con un historial de multas impagas y siguen circulando como si nada. Incluso, el derecho penal otorga un salvavidas a los cómplices familiares; según el Artículo 406 del Código Penal, se aprobó una exclusión de responsabilidad para los parientes cercanos que ayuden al autor del atropello a ocultarse, lo que deja a las víctimas en una indefensión absoluta frente a clanes que protegen al criminal. 

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