Bajo un clima de máxima tensión por el avance de las mafias, el aparato estatal ha lanzado una ofensiva legal definitiva para extirpar a los infiltrados que operan desde el poder. Mediante el Decreto Legislativo Nº 1739, publicado el viernes 13 de febrero de 2026, se oficializó la cacería contra los malos elementos que alimentan al crimen organizado con información privilegiada. Esta norma, aprobada con el voto del Consejo de Ministros y dada en la Casa de Gobierno aquel mismo 13 de febrero, lleva la firma del ahora expresidente José Enrique Jerí Oré, quien en su gestión decidió criminalizar la infidencia funcional con penas que alcanzan la severidad de una década tras las rejas.
La disposición aprobada es la incorporación del artículo 409-C al Código Penal, un garrote jurídico diseñado para castigar el delito de revelación de información reservada por servidor o funcionario público. La ley define esta conducta criminal como el acto de exhibir, filtrar, entregar o incluso omitir dolosamente la protección de datos ultra-sensibles sobre denuncias, identidad de denunciantes o diligencias fiscales y policiales en casos críticos de extorsión, secuestro o sicariato. Se terminó el juego para quienes alertaban a los delincuentes, pues ahora se enfrentan a una inhabilitación fulminante y a una prisión que no bajará de los cinco años en su forma más básica.
El texto legal es explícito al señalar situaciones de extrema gravedad que disparan la punibilidad hasta los diez años de cárcel. Se tipifica como un agravante letal cuando el funcionario mercantilice la información, convirtiendo los secretos de justicia en una mercancía para obtener beneficios económicos o ventajas personales. Asimismo, se considera un acto de traición si esta filtración es transmitida a una organización criminal o si pone en peligro concreto la vida del denunciante al vulnerar los sistemas de reserva de identidad. La norma busca proteger lo que define como bienes jurídicos esenciales vinculados a la eficacia del proceso penal y la protección de la información reservada.
Sin embargo, para evitar la mordaza total, el decreto establece que no constituye delito si el funcionario actúa para poner en conocimiento público hechos que constituyan un delito de persecución pública. Además, la ley deja a salvo a la prensa, declarando que la publicación de estos datos por periodistas en ejercicio de su libertad de información no constituye participación delictiva. Este blindaje jurídico fue una de las últimas grandes jugadas de la gestión de Jerí Oré junto a sus ministros de Justicia e Interior, Walter Martínez y Vicente Tiburcio, buscando reforzar la ética funcional y la confianza en el Estado.



