
La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró la nulidad de la sentencia de doce años de prisión contra Víctor Alberto Cotaquispe Valerio, quien había sido condenado por el delito de robo agravado. El tribunal determinó que, al momento del delito, el procesado se encontraba en un estado de grave alteración de la conciencia debido a una intoxicación alcohólica extrema, lo que lo convierte en inimputable.
A continuación, los detalles más relevantes de este caso jurídico y científico:
El delito y la condena inicial
Los hechos ocurrieron el 20 de octubre de 2012 en San Juan de Lurigancho, cuando el acusado interceptó a un ciudadano mediante la modalidad de «cogoteo» y, bajo amenaza con un pico de botella, lo llevó a su propio domicilio para robarle su celular. Por este acto, la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de Lima le impuso inicialmente 12 años de pena privativa de libertad.
La ciencia como clave de la libertad: El Método Widmark
La pieza fundamental para la absolución fue el peritaje técnico retrospectivo. Aunque el dosaje etílico arrojó 1.58 g/l de alcohol, la muestra fue tomada 7 horas y 47 minutos después de los hechos.
Para conocer el estado real del acusado durante el robo, el tribunal aplicó el Método Widmark (fórmula matemática que calcula la desaparición del etanol a un ritmo de 0.15 g/l por hora):
• Cálculo: Se sumó el alcohol eliminado durante el tiempo transcurrido a la cifra obtenida en el laboratorio.
• Resultado final: Se determinó que, al momento del crimen, Cotaquispe tenía 2.74 g/l de alcohol en la sangre.
Grave alteración de la conciencia
Según la Tabla de Alcoholemia de la Ley N.º 27753, un nivel de 2.74 g/l sitúa a la persona en el cuarto periodo de intoxicación, caracterizado por estupor, falta de respuesta a estímulos y marcada descoordinación.
El tribunal concluyó que esta condición impidió al acusado comprender el carácter delictuoso de su acto. Esta falta de juicio se evidenció en su comportamiento irracional:
1. Asaltó a la víctima a solo dos calles de su casa.
2. Llevó al agraviado a su propio domicilio, ubicado a solo dos puertas de la tienda donde inició el robo, exponiéndose directamente a ser capturado.
3. Estas acciones se consideraron ajenas a la «lógica criminal habitual», donde el agente busca no ser identificado.
Anulación de pruebas y decisión final
La Corte Suprema también invalidó la confesión inicial del acusado, señalando que no es factible recibir una declaración válida de alguien que se encuentra sumamente intoxicado y con las funciones superiores ausentes.
Por estas consideraciones, los magistrados ordenaron la absolución e inmediata libertad de Víctor Cotaquispe, enfatizando que la grave alteración de la conciencia es una causa legal de exención de responsabilidad penal
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