
La Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República ha emitido una sentencia clave en la Casación Laboral N° 710-2024 PUNO, confirmando la protección por fuero sindical de un trabajador y estableciendo una nueva Doctrina Jurisprudencial de observancia obligatoria para todos los jueces del país.
El caso se originó con la demanda interpuesta por el trabajador Maxwell Anthony Riquelme Benavente contra la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, buscando dejar sin efecto su traslado de la Intendencia de Aduanas de Puno a la Intendencia de Aduanas de Tumbes, alegando la afectación de su fuero como delegado sindical. Las instancias inferiores declararon fundada la demanda.
Puntos Clave de la Decisión y la Nueva Doctrina
La Sala Suprema declaró INFUNDADO el recurso de casación de la SUNAT y dispuso la publicación del texto de la resolución en el Diario Oficial «El Peruano» , basando su fallo en la adopción del fuero sindical amplio.
1.Adopción del Fuero Sindical Amplio
La Corte se aparta de criterios anteriores, incluyendo la Casación Laboral N° 5481-2015-LIMA NORTE , y resuelve que la interpretación de Relaciones Colectivas de Trabajo y Reglamento debe sujetarse a la concepción amplia del fuero sindical.
Principios de la Doctrina Jurisprudencial:
- Protección contra el Traslado: Los trabajadores que gozan de fuero sindical no pueden ser trasladados a otros establecimientos de la misma empresa sin su aceptación, salvo causas debidamente justificadas.
- Alcance Subjetivo Extendido: La protección abarca a quienes ejercen cargo dirigencial, así como a aquellos que han dejado el cargo, si el acto de hostilidad se origina en su actividad sindical pasada.
- Protección Integral: El fuero sindical protege a los dirigentes contra todo acto de hostilidad por su participación en la actividad sindical.
- Nulidad del Despido: Los trabajadores con fuero sindical no pueden ser despedidos, salvo que exista una causa justa para la extinción del vínculo laboral.
2.Inclusión de Delegados Sindicales
En respuesta a la SUNAT, que alegaba que solo correspondía fuero a 3 dirigentes debido al número de afiliados, la Corte ratificó que la Sala Superior interpretó correctamente la norma.
La decisión reitera que, bajo la concepción amplia, el fuero sindical incluye al demandante, quien era un delegado de Sección Sindical, conforme a lo dispuesto por la Dirección Regional de Trabajo de Arequipa. Por lo tanto, el traslado fue un acto antisindical y fue acertado dejarlo sin efecto.
El fallo ordena la remisión de copia de la sentencia a los Presidentes de las Cortes Superiores de todo el país para su difusión y obligatorio cumplimiento entre los magistrados. LEA AQUÍ LA RESOLUCIÓN:


